jueves, 15 de enero de 2015

Artículo 4: "Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre"

Aparte del derecho de "violencia de género", también os cuelgo el derecho numero 4.
Artículo 4:  "Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre"
Ahora voy a hablar un poco de él.


Esto se debe principalmente a la pobreza existente, que hace necesaria la ejecución de un trabajo remunerado en condiciones de esclavitud, pero también las irregularidades en los procesos de adopción, el desconocimiento de la situación corrupta de muchas familias, el silencio, los chantajes, la falta de regulación jurídica, la demanda que hace posible la oferta, etc.

Existen múltilples tratados y convenios dedicados a la protección de menores, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño, el Convenio Europeo sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos,…

En España existe la Ley de Protección del Menor, pero en ésta no aparece regulado dicho problema. En España los más vulnerables son los menores no acompañados. A parte, se hace difícil encontrar datos acerca del número de menores explotados y sus condiciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario